ITP de coches de más de 10 años en cada comunidad
Por Jacobo López · Actualizada el
Al comprar un coche de más de 10 años a un particular, el impuesto de transmisiones suele ser pequeño por dos motivos: su valor fiscal ya es muy bajo y varias comunidades le aplican una cuota fija que no depende del precio. Aquí tienes las reglas de cada comunidad y un ejemplo calculado.
El valor fiscal de un coche antiguo
Hacienda calcula el valor fiscal aplicando al precio de tablas del modelo un porcentaje según los años de uso. Para coches con años, según el anexo IV de la Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre:
| Años de uso | Porcentaje del precio de tablas |
|---|---|
| Más de 9 años y hasta 10 | 19 % |
| Más de 10 años y hasta 11 | 17 % |
| Más de 11 años y hasta 12 | 13 % |
| Más de 12 años | 10 % |
Pero el impuesto se calcula sobre el mayor entre ese valor y el precio que pagas. Si pagas más que el valor fiscal, lo que cuenta es el precio, salvo en las comunidades con cuota fija.
Comunidades con reglas para coches con años
Aragón
- Más de 10 años de uso y hasta 1.000 cc: 0,00 €
- Más de 10 años de uso y de 1.001 a 1.500 cc: 20,00 €
- Más de 10 años de uso y de 1.501 a 2.000 cc: 30,00 €
- Resto de casos: 4 %, salvo otras reglas especiales.
Canarias
- Turismos de más de 10 años y hasta 1.000 cc: 40,00 €
- Turismos de más de 10 años y de 1.001 a 1.500 cc: 70,00 €
- Turismos de más de 10 años y de 1.501 a 2.000 cc: 115,00 €
- Resto de casos: 5,5 %, salvo otras reglas especiales.
Cantabria
- Más de 10 años y hasta 999 cc: 45,00 €
- Más de 10 años y de 1.000 a 1.499 cc: 60,00 €
- Más de 10 años y de 1.500 a 1.999 cc: 90,00 €
- Resto de casos: 6 %, salvo otras reglas especiales.
La ley presenta estas cantidades como «cuotas mínimas», pero las titula «cuota fija», añade que el resto de vehículos tributan al 6 % y hasta 2023 eran una cuota fija sin matices. El Ministerio de Hacienda la clasifica como «cuota fija establecida en función de la cilindrada», y es el criterio que aplicamos. Si la Agencia Cántabra la aplicara como mínimo, pagarías el 6 % cuando saliera más. Fuente.
Comunitat Valenciana
- Eléctricos de más de 12 años y valor inferior a 20.000 €: No calculable con seguridad
- Más de 12 años, valor inferior a 20.000 € y hasta 1.500 cc: 40,00 €
- Más de 12 años, valor inferior a 20.000 € y de 1.501 a 2.000 cc: 60,00 €
- Más de 12 años, valor inferior a 20.000 € y más de 2.000 cc: 140,00 €
- Eléctricos de 5 a 12 años y valor inferior a 20.000 €: No calculable con seguridad
- Más de 5 y hasta 12 años, valor inferior a 20.000 € y hasta 1.500 cc: 120,00 €
- Más de 5 y hasta 12 años, valor inferior a 20.000 € y de 1.501 a 2.000 cc: 180,00 €
- Más de 5 y hasta 12 años, valor inferior a 20.000 € y más de 2.000 cc: 280,00 €
- Resto de casos: 6 %, salvo otras reglas especiales.
En la Comunitat Valenciana, los coches de más de 5 años y menos de 20.000 € pagan una cuota fija según su cilindrada, pero los eléctricos no tienen cilindrada y la ley no dice qué cuota les corresponde.
Galicia
- 15 años o más y hasta 1.199 cc: 22,00 €
- 15 años o más y de 1.200 a 1.599 cc: 38,00 €
- Resto de casos: 3 %, salvo otras reglas especiales.
Región de Murcia
- Más de 12 años y hasta 1.000 cc: 0,00 €
- Más de 12 años y de 1.001 a 1.500 cc: 30,00 €
- Más de 12 años y de 1.501 a 2.000 cc: 50,00 €
- Más de 12 años y más de 2.000 cc: 75,00 €
- Resto de casos: 4 %, salvo otras reglas especiales.
Los años se cuentan desde la primera matriculación hasta la fecha de compra. «Más de 10 años» significa que la compra es posterior al décimo aniversario. Normativa verificada el 28 de septiembre de 2026.
Comunidades sin cuota fija por antigüedad
En Andalucía, Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Ceuta, la Comunidad de Madrid, Extremadura, las Illes Balears, La Rioja y Melilla un coche antiguo paga el mismo tipo que cualquier otro (o el que le toque por sus reglas especiales, como potencia o etiqueta), aplicado sobre el mayor entre el precio y el valor fiscal.
Ejemplo: un Volkswagen Golf de 2013
Versión «GOLF VII 1.4 TSI BMT Sport DSG 5p» (1.395 cc, gasolina, 10,73 caballos fiscales), con un precio de tablas de 20.100 €. Matriculado el 1 de enero de 2013 y comprado el 1 de julio de 2026, tiene más de 12 años de uso: su valor fiscal es el 10 %, 2.010,00 €.
| Comunidad | Pagando 2.010,00 € o menos | Pagando 4.000 € |
|---|---|---|
| Andalucía | 80,40 € 4 % | 160,00 € 4 % |
| Aragón | 20,00 € cuota fija | 20,00 € cuota fija |
| Asturias | 80,40 € 4 % | 160,00 € 4 % |
| Canarias | 70,00 € cuota fija | 70,00 € cuota fija |
| Cantabria | 60,00 € cuota fija | 60,00 € cuota fija |
| Castilla y León | 100,50 € 5 % | 200,00 € 5 % |
| Castilla-La Mancha | 120,60 € 6 % | 240,00 € 6 % |
| Cataluña | 100,50 € 5 % | 200,00 € 5 % |
| Ceuta | 40,20 € 4 % con bonificación | 80,00 € 4 % con bonificación |
| Comunidad de Madrid | 80,40 € 4 % | 160,00 € 4 % |
| Comunitat Valenciana | 40,00 € cuota fija | 40,00 € cuota fija |
| Extremadura | 120,60 € 6 % | 240,00 € 6 % |
| Galicia | 60,30 € 3 % | 120,00 € 3 % |
| Illes Balears | 80,40 € 4 % | 160,00 € 4 % |
| La Rioja | 80,40 € 4 % | 160,00 € 4 % |
| Melilla | 40,20 € 4 % con bonificación | 80,00 € 4 % con bonificación |
| Región de Murcia | 30,00 € cuota fija | 30,00 € cuota fija |
Etiqueta ambiental supuesta por el tipo de motor. En la página del Volkswagen Golf de 2013 tienes todas sus versiones.
Fíjate en que, con cuota fija, pagar más por el coche no cambia el impuesto; con un porcentaje, sí.
Calcula el tuyo
En la calculadora del coste de la transferencia eliges tu versión, las fechas y el precio, y te da el ITP de tu comunidad con la norma aplicada.
Fuentes oficiales
- Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre (BOE), anexo IV
- Aragón: Decreto Legislativo 1/2005 de Aragón, art. 121-6.1.c)
- Canarias: Decreto Legislativo 1/2009 de Canarias, art. 38 ter.1.c)
- Cantabria: Decreto Legislativo 62/2008 de Cantabria, art. 11
- Comunitat Valenciana: Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana, art. 13.Tres.3), excepción 2.g)
- Galicia: Decreto Legislativo 1/2011 de Galicia, art. 14.Seis.3
- Región de Murcia: Decreto Legislativo 1/2010 de la Región de Murcia, art. 6.10.d)
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